Comité Interno de Mejora Regulatoria
Es un órgano constituido al interior del Instituto que se encuentra integrado por: el Director General, el Titular de la Secretaría Técnica y por sus Vocales; el cual tiene por objeto establecer un proceso permanente de calidad, para la implementación de sistemas que contribuyan a la simplificación y prestación eficiente y eficaz del servicio público, conforme a lo establecido en la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y sus Municipios, su Reglamento, así como en lo dispuesto en los planes y programas que acuerde el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria.
El Comité Interno de Mejora Regulatoria estará Integrado por:
I. El Presidente, quien será el Director General del IMIFE y lo presidirá.
II. El Secretario Técnico, quien será el Secretario Técnico del IMIFE y fungirá como Enlace de Mejora Regulatoria.
III. Los Vocales, quienes serán:
a) El Coordinador de Obra;
b) El Coordinador de Programación;
c) El Coordinador de Administración y Finanzas;
d) El Coordinador de Atención a Grupos Sociales;
e) El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos e Igualdad de Género;
f) El Titular de la Unidad de Tecnologías de la Información.
IV. La o el Titular del Órgano Interno de Control.
V. Otros responsables del área que determine el Director General del Instituto Mexiquense de la Infraestructura Física Educativa.
El Comité Interno sesionará por lo menos cuatro veces al año de manera ordinaria en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, y de forma extraordinaria cuantas veces considere necesario el Enlace de Mejora Regulatoria para el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades.
El Comité Interno de Mejora Regulatoria del Instituto Mexiquense de la Infraestructura Física Educativa tendrá las siguientes atribuciones:
I. Coordinar el proceso de Mejora Regulatoria y supervisar su cumplimiento, con base a la Ley, su Reglamento y los lineamientos que apruebe la Comisión Estatal.
II. Aprobar y dar seguimiento al Programa Anual de Mejora Regulatoria y la Agenda Regulatoria;
III. Aprobar el Análisis de Impacto Regulatorio, para su envío a la Comisión, con base en los estudios y diagnósticos que hubieren realizado para determinar el impacto y efectividad de las regulaciones cuya creación, reforma o eliminación se propone;
IV. Participar en la elaboración de la Agenda Regulatoria;
V. Opinar sobre la necesidad de reformas legales o de cualesquiera otras disposiciones de carácter general vinculadas con el Instituto Mexiquense de la Infraestructura Física Educativa que, a su juicio, sean necesarias para abonar a la desregulación, a la simplificación e integralidad del marco jurídico estatal y proponerlas al Director General;
VI. Participar en la revisión y evaluación permanente de la regulación interna, a efecto de contribuir al Proceso de Calidad Regulatoria, a la desregulación y la simplificación administrativa, que dé lugar a la prestación más eficiente y eficaz del servicio público;
VII. Realizar las acciones de coordinación pertinentes con otras dependencias, cuando sea necesario establecer sistemas de Mejora Regulatoria;
VIII. Aprobar los Reportes de Avances del Programa Anual de Mejora Regulatoria, así como el Informe Anual de Avance Programático, que deberá incluir una evaluación de los resultados obtenidos, conforme los criterios de evaluación establecidos por la Comisión, para su envío con la evidencia documental correspondiente.